Resumen del Artículo Disposición adicional séptima

Artículo Disposición adicional séptima del Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) — Disposición adicional séptima. Procedimiento. Sin perjuicio de lo establecido para los procesos especiales, los delitos que alternativa o conjuntamente estén castigados con una pena leve y otra menos grave se sustanciarán por el procedimiento abreviado o, en su caso, por el…

LECrimVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición adicional séptimaDisposición adicional séptima

Disposición adicional séptima. Procedimiento.

Sin perjuicio de lo establecido para los procesos especiales, los delitos que alternativa o conjuntamente estén castigados con una pena leve y otra menos grave se sustanciarán por el procedimiento abreviado o, en su caso, por el procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos o por el proceso por aceptación de decreto.

Norma publicada: 14 de septiembre de 1882

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional séptima

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional séptima del LECrim?

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¿El Artículo Disposición adicional séptima del LECrim está vigente?

El artículo Disposición adicional séptima del LECrim está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional séptima dentro del LECrim?

Se encuentra en la estructura: LIBRO VII.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional séptima?

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